Normatividad del centro de documentación Carlos Velo Y biblioteca Tere Velo

Normat web 

NORMATIVIDAD DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN CARLOS VELO Y BIBLIOTECA TERE VELO_______________________

 

ARTÍCULO 1.- El área de Acervos (Centro de Documentación Carlos Velo y Biblioteca Teresa Velo) prestará servicios en las áreas de biblioteca, videoteca y tránsito, al personal docente, alumnos regulares y trabajadores del Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C.; en caso de público en general, se brindará servicio únicamente en sala; todos, dentro de un horario de 10:00 a 15:00 hrs y de 16.00 a 19:00 PM.

Cada usuario interno, debe contar con credencial vigente y el externo, con identificación vigente con fotografía; deberá registrarse en la libreta de entrada para hacer uso de sala o cómputo.

ARTÍCULO 2.- El acceso a las áreas de las colecciones del acervo y oficinas queda reservado exclusivamente al personal responsable de Biblioteca, videoteca y tránsito. El espacio de sala se reserva para la realización de trabajo de consulta bibliográfica, investigación en cómputo y consulta videográfica.

El servicio de impresión es exclusiva para alumnos vigentes con derecho hasta veinte hojas al mes por persona de manera intransferible) y únicamente de tareas escolares. Las copias y/o duplicados de juegos adicionales de contratos, carpetas de trabajo, de producción y otras, deberán realizarse en el servicio de copiado dispuesto al lado de la Subdirección de Administración y Finanzas del CCC. El área de Acervos NO proporcionará papel ni otros insumos de papelería en general.

ARTÍCULO 3.- El área de solicitud de materiales, consulta y cómputo se encuentra dentro del mismo espacio laboral de oficinas de Acervos, por lo que se requiere mantener el mayor silencio posible. Está prohibido fumar y consumir alimentos y bebidas en las instalaciones de Biblioteca, Cómputo y Acervos.

ARTÍCULO 4.-Es responsabilidad de cada usuario dejar limpia y ordenada el área que haya ocupado y hacer buen uso del equipo, mobiliario y material de consulta y/o en préstamo como son los materiales didácticos o de apoyo como son los audífonos o conectores múltiples, etc., y de lo contrario, al incumplir lo establecido en este artículo, se aplicarán sanciones que consisten en reducir tiempo en el uso de instalaciones y/o préstamo de materiales. El área no se hace responsable de materiales, información u objetos olvidados o perdidos, ni del funcionamiento, compatibilidad o cualquier circunstancia similar, de las computadoras dispuestas en esta área con discos duros, tarjetas de memoria, etc.

BIBLIOTECA Y VIDEOTECA

ARTÍCULO 5.- Para hacer uso del servicio de la Biblioteca y Videoteca, los maestros, alumnos y personal del CCC, deberán presentar credencial vigente, con el código de barras correspondiente y enmicada. Las credenciales y los beneficios son intransferibles y anualmente renovables.

Cada inicio de año se proporcionará al alumnado de primer año su nueva credencial. Los usuarios de generaciones posteriores contarán con un plazo máximo hasta el primer día hábil del mes de febrero para tramitar la renovación de su credencial en el Área Académica.

Para los maestros, la credencial indicará la temporalidad de su periodo de contratación y haber realizado entrega de los materiales utilizados en este transcurso.

Los usuarios externos deberán presentar identificación vigente con fotografía. Los servicios serán exclusivamente en sala para consulta bibliográfica y videográfica.

5.1. Los servicios a ex alumnos estará limitado a la condición de encontrarse en procesos de tesis u ópera prima y deberán cumplir con la presente normatividad. Con este fin, deben solicitar la credencial de su categoría y su temporalidad en la Subdirección Académica. No se dará servicio a personas externas al CCC en el nombre de alumnos vigentes ni ex alumnos, ni en etapa de producción o post producción. En este caso, el límite de copias y/o impresiones es de 20 hojas al mes por persona y de manera intransferible.

5.2. Los usuarios externos no contarán con derecho a impresiones. Podrán contar con derecho limitado de fotocopia de secciones de material bibliográfico en el área de fotocopiado de la escuela, cubriendo de antemano los costos de los mismos.  

ARTÍCULO 6.- Es responsabilidad de todos los usuarios realizar de forma personal, la búsqueda de los materiales que deseen solicitar a través de los equipos de cómputo que se encuentran en el Área. Los equipos de cómputo del Área cuentan con el sistema ALEPHINO para realizar consulta y ubicar los números de colocación de las colecciones de Producciones del CCC en DVD; de producciones externas (videoteca externa), así como de material bibliográfico, ingresando con su código personal o de matrícula localizado en la numeración del código de barras de su credencial. Para ingresar al ALEPHINO, se debe acceder a la página principal del CCC que se encuentra en línea. www.elccc.com.mx (click en Biblioteca y búsqueda).

Las consultas también se pueden realizar en línea fuera del campus del CCC al acceder a la página principal y desde computadora personal, móvil, tabletas. Este sistema permite realizar solicitudes y acceso a apartado a través de esta vía en días y horarios hábiles. Dicho servicio únicamente es válido al contar con la credencial vigente.

ARTÍCULO 7.- El servicio de préstamo a domicilio será exclusivo para maestros, alumnos regulares y trabajadores del CCC, previa presentación y depósito de su credencial vigente, en el área de préstamos y recepción tanto de Biblioteca como de Videoteca.

ARTÍCULO 8.- Aquél que adeude colegiatura, equipo de otras áreas de la escuela, así como material de cualquiera de las colecciones del Acervo, o haya rebasado los días de préstamo sin renovación previa, no contará con derecho a servicio general del área hasta haber realizado entrega de los materiales. Cada día de retardo en la devolución del material u otro ya mencionado, implica 1 día de suspensión de servicio con la retención de la credencial vigente del CCC hasta devolución o reposición del material.

ARTÍCULO 9.-Se aplicarán las sanciones correspondientes tanto por uso indebido de credenciales, retardos en la entrega de todos los materiales en préstamo, pérdidas o daños de libros, películas, audios, audífonos, equipo de cómputo, impresiones, etc. Las sanciones se valorarán dependiendo del caso y podrán representar desde suspensión temporal hasta permanente en la prestación de servicios de Biblioteca, videoteca y cómputo. En casos que a juicio de la Jefatura de Departamento de Acervo y Tránsito se consideren extremos, se someterá a consideración del Consejo Académico, Dirección General y Administración para su valoración.

ARTÍCULO 10.- Los usuarios que extravíen o dañen cualquier material y/o equipo de la biblioteca, videoteca, cómputo, audífonos u otros, tendrán que reponerlo por otro exactamente igual, salvo en caso de que este ya no exista o no sea posible su adquisición. En este último caso, la Jefatura del Departamento de Acervos indicará al responsable el material con el cual deberá reponer el extraviado o dañado, en el entendido de que se tratará de un material de valor semejante. Cualquier caso diferente al expuesto será valorado por las áreas correspondientes.

ARTÍCULO 11.- El límite de préstamos a domicilio será en total de tres materiales bibliográficos y/o videográficos, durante tres días hábiles, a partir de la fecha de cada solicitud. Se podrá solicitar la renovación de algún material por tres días hábiles más, presentando el material prestado y, a reserva de que no haya sido solicitado por terceras personas en lista de espera.

Ejemplo de días de préstamo y devolución:

 

Préstamo___ Devolución__
Lunes Miercoles
Martes Jueves
Miercoles Viernes
Jueves Lunes
Viernes

Martes

 

8.1. Se podrá utilizar el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para realizar solicitudes y apartados de materiales. Dicho correo se encontrará programado de tal manera que únicamente se registrarán las acciones realizadas dentro de los términos establecidos de días y horarios laborales. NO se aceptará ningún trámite fuera de lo ya establecido como solicitud directa o indirecta, que sea fuera del Área de Acervos o del CCC, ni a través de correos, celulares o teléfonos de domicilio personales, facebook, twitter o cualquier otro medio y en ningún supuesto fuera de días y horarios laborales.

ARTÍCULO 12.-Se podrán fotocopiar fragmentos o un límite de material bibliográfico conforme a lo que establezcan las leyes de la materia, siempre que se encuentren en buenas condiciones y/o que no represente riesgo de maltrato durante el proceso. Tanto maestros y alumnos vigentes, como usuarios externos, podrán extraer momentáneamente el libro, dejando su credencial o identificación en depósito, para trasladarlo al área de copiado de la escuela y cubrir el costo de las copias.

12.1. Tanto para usuarios internos como externos y, por motivos de conservación y derechos de autor, se limitará la consulta en sala de algunos materiales como lo pueden ser libros y videos de los cuales el CCC sólo cuente con un ejemplar, que sus condiciones físicas sean frágiles; algunos masters, libros de arte, o de gran formato, algunos manuales, almanaques, diccionarios especializados, soundtracks, carteles, revistas, material periódico, fonoteca, producciones que tengan restricciones de proyección, etc. No se permitirán copias de ninguna índole, ni la captura de sus imágenes con dispositivos móviles u otros.

12.2. Para contar con una copia en DVD de una producción del CCC en las que un interesado interno o externo haya tenido una participación destacada, deberá solicitar y cumplir con los trámites y la normatividad previamente establecida por las áreas de Acervos, Jurídica y de Derechos del autor del CCC. El solicitante firmará una carta responsiva de buen uso del ejemplar y respete los derechos de autoría. Asimismo, repondrá un DVD virgen para recuperar el que se ocupó para la copia solicitada. Los externos podrán realizar esta solicitud a través de correo electrónico de la Jefatura de Departamento de Acervos.

ARTÍCULO 13.- En el caso de solicitudes de préstamo para clase y casos especiales, eventos, festivales, proyecciones dentro y fuera del CCC, -las solicitudes deben realizarse con la mayor anticipación posible y en días y horarios laborales con el fin de prever su apartado y/o preparar el material en el soporte necesario, especialmente los materiales resguardados en la bóveda de conservación climatizada.

El Área de Acervos pondrá su mayor empeño en conseguir los materiales que le sean solicitados (en especial aquellos que pertenecen a otras instituciones o acervos fílmicos fuera del CCC), sin embargo no se compromete a obtener aquellos materiales que no hayan sido solicitados con la anticipación debida de acuerdo a cada caso, la cual será explicada al solicitante.

ARTÍCULO 14.- En el caso de maestros solicitantes, estos firmarán la tarjeta de préstamo y deberán asegurar su devolución directamente a Acervos o al área de Subdirección Académica en horas laborales y con lo cual se hará la entrega de la credencial del responsable. En caso de que la clase, ponencia, taller, termine después del horario laboral, el material podrá ser depositado en el buzón de entrega localizado fuera de la ventana de Videoteca. Al día siguiente se podrá pasar por la identificación del firmante responsable.

En el caso de realizar entrega de materiales fuera de horas laborales y de tratarse de materiales cuyo tamaño no permite ser ingresado por el buzón, las entregas tanto de material como de credencial se realizarán al día hábil siguiente, de forma personal y dentro del Área.

ARTÍCULO 15.- El área de Acervos únicamente se responsabiliza de facilitar los materiales, por lo que no es responsable de programar salas, tiempos de proyecciones, ni tampoco trasladar ni recoger el material solicitado dentro o fuera del CCC, ni una vez terminado la sesión de clase, proyección u otro.

ARTÍCULO 16.- Las áreas sustantivas del CCC que requieran materiales diversos bajo la salvaguarda del área de Acervos podrán solicitarlos indicando el tipo de préstamo que se requiera: para el préstamo interno o salida del área de Acervos y/o del CCC de materiales originales, masters en cualquier tipo de soporte y versión para algún tipo de tratamiento, copiado, institución, digitalización, circuito de viaje, festivales, proyecciones u otros.

Las solicitudes serán por escrito, indicando las razones para su acceso, la utilización, manipulación, traslado y destino del material. La persona solicitante firmará la responsiva tanto por el uso, manipulación de contenidos, contenedores, accesorios, traslado, destino. Dicha responsiva deberá señalar que se compromete a la entrega del material en las mismas condiciones de salida de Acervos del CCC y, que responderá ante los eventuales daños, pérdidas, omisiones u otros ante las áreas directivas correspondientes.

El área de Acervos proporcionará el material y un escrito de salida acompañado con una copia de la hoja de diagnóstico que indica las condiciones generales del material, de sus contenidos, como contenedores y accesorios como lo son cables de conexión, u otros.

De tratarse de materiales fílmicos (35 y 16 mm) albergados en la bóveda de conservación del CCC, éstos deben ser solicitados con al menos 48 horas de anticipación para permitir la aclimatación de los mismos. De tratarse de la solicitud del CCC hacia otro archivo fílmico de la Ciudad de México, esta deberá realizarse con al menos dos semanas de anticipación para cubrir las rutas críticas esenciales con las que laboran todos los archivos de la misma naturaleza.

ARTÍCULO 17.-El servicio de cómputo en IMAC es exclusivo para maestros y alumnos con credencial vigente. Los usuarios externos únicamente podrán ocupar los equipos de cómputo para consultar la base de datos de materiales bibliográficos y videográficos de producciones del CCC, presentando identificación con fotografía.

Se dará prioridad a los alumnos vigentes en el uso y tiempo de los equipos iMac. Los ex alumnos en vías de tesis u ópera prima, deberán tramitar en el Área Académica su credencial por el tiempo de duración de su proyecto y con la cual se les facilitará el acceso a los servicios de cómputo en el área de Acervos.

ARTÍCULO 18.- El personal de Biblioteca, acervos y tránsito no podrá brindar apoyo técnico a los usuarios del equipo de cómputo. Se sugiere usar memorias externas USB y/o enviar a sus correos personales la información de sus trabajos e investigaciones, ya que los equipos iMac únicamente cuentan con el sistema de lectura de imagen y texto y, al finalizar el día de trabajo, se realiza la limpieza de memoria de las mismas.

ARTÍCULO 18.- Dado que la biblioteca es un área de trabajo, investigación y resguardo de acervos académicos y documentos valiosos, se restringe el uso del espacio para realizar trabajos de fotografía y filmación, y/o ingreso directo de personas que no sean el personal autorizado.

ARTÍCULO 19.- Cualquier situación no prevista, será resuelta por La Jefatura de Departamento del área de Biblioteca, Acervos y tránsito, la Subdirección Académica y, en acuerdo con la Dirección General del CCC, y en sus casos, con las demás áreas sustantivas del CCC como lo son la Subdirección de Producción y Postproducción, el Departamento Jurídico y/o el de Derechos de autor.